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Año |
2026 |
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Fecha de publicación |
01 de Julio de 2026 |
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Expediente |
401130624-34651-E |
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Carátula |
Sra. Patricia Noemi Tofanelli |
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Acuerdo Nº |
SALA I |
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Resolución Nº |
51/26 |
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Resuelve |
Declara Responsable a la Sra. Patricia Noemi Tofanelli (D.N.I. N° 14.361.997), por los hechos objeto de la presente causa, señalados en el Considerando 1°), condenándola al pago de una multa de Trescientos mil pesos ($ 300.000,-) por las observaciones con alcance de REPARO, según lo previsto en el Artículo 6° – Apartado 5) – Inciso a) – Subinciso 4) de la Ley Nº 831 A, por los siguientes conceptos: “1. Infracción a la Ley de Administración Financiera N° 1092 A Artículo 60 y 68, Infracción a las Normas de Rendición de Cuentas aprobadas como Anexo a la Resolución N°30/14 T.C. Art 8º (modificada por Resolución 34/22); 2. Infracción al Memo de Contaduría General N° 26/2017 Reconocimiento y reintegro de gastos-criterio general; 3. Infracción a la Ley de Administración Financiera N° 1092 A Artículos 60 y 133 inc e)- Decreto N° 460-21-Memo 26/2017- Reconocimiento; 4. Infracción a la Ley N° 1861-V (antes Ley Prov. N° 6637) Artículo 2°, Ley N°1092 A Art 68° e Infracción a las Normas de Rendición de Cuentas aprobadas como Anexo a la Resolución N° 30/14 T.C. Art 8 (modificada por Resolución 34/22); 5. Infracción a la Ley N°1092 A de Administración Financiera Art. 133 inc e). Decreto N° 460/21; 6. Infracción a la Ley N°1092 A de Administración Financiera Art. 133 inc e). Decreto N° 460/21” y “7. Infracción a la Resolución N° 547/21 del ITCh. Infracción a las Normas de Rendición de Cuentas aprobadas como Anexo a la Resolución N° 30/14 T.C. Art 8 y 73 (modificada por Resolución 34/22) e Infracción a la Ley N° 1092 A de Administración Financiera Artículo 68”. Intima a la responsable al pago de la suma en concepto de Multa, en el plazo establecido en el Artículo 84º de la Ley Nº 831-A. Vencido el mismo quedará constituida en mora. Da intervención a la Fiscalía de Estado, conforme lo prescribe el Artículo 86ºde la Ley Nº 831-A, para promover la acción ejecutiva pertinente en caso de incumplimiento del Artículo 2°) de la presente. |
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Firmado |
Javier Alejandro Retamozo Secretario s/ E:26/06 V:01/07/2026 |
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Enlace |
Boletín Oficial 26 de Junio de 2026 - EDICION Nº 11.404 |
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