Tribunal De Cuentas Provincia Del Chaco

INFORMACION

18/03/2025 12:25

Resolución 103/24

Boletín Nº 11217


Año 2025
Fecha de publicación     12 de Marzo
Expediente 401150823-33684-E
Carátula Rendición de Cuentas de "Farmacia Social, Óptica y Banco de Prótesis - Ejercicio2023".
Acuerdo Nº SALA I
Resolución Nº 103/24
Resuelve

Aprueba, con observaciones, la Rendición de Cuentas de "Farmacia Social, Óptica y Banco de Prótesis - Ejercicio2023". Inicia Juicio de Cuentas al Dr. José Adán Molfino (D.N.I. Nº 25.534.302), Director de Servicios Directos del Instituto de Seguridad Social, Seguros y Préstamos, por las observaciones formuladas por la Fiscalía con alcance de REPARO y aplicación de multa, por los siguientes conceptos: I-Infracción al Régimen de Contrataciones aprobado como Anexo I al Decreto N° 3566/77. Anexo I, Ptos. 5.4, 6.1, 10.2 inc. d); II-Infracción a las normas sobre Rendición de Cuentas Aprobadas como Anexo por Resolución TC. N° 30/14 y su modif. Resolución TC. N° 34/22- Art 49 inc a) Pto 1 y Pto 2; III-Infracción al Decreto N° 3529/22 Art. 1; IV- Infracción al Decreto Nº 460/21- Art. 6 y Art. 7, conforme a lo determinado en el Considerando 4°). Por Secretaría, se procede a la apertura del expediente en el que se tramitará el Juicio de Cuentas al Dr. José Adán Molfino (D.N.I. Nº 25.534.302), corriéndose traslado del Informe Fiscal de fs. 231vta./236vta., emplazándolo por el término de treinta (30) días, plazo máximo permitido por el Art. 46 de la Ley Nº 831 – A, a contestar por escrito las observaciones formuladas, bajo apercibimiento de dar por decaído el derecho a ofrecer descargos y/o pruebas, y haciéndole conocer la constitución de la Sala que entenderá en la causa. Intima a los responsables al pago del Cargo formulado en el plazo establecido por el art. 84° de la Ley N° 831 – A (antes Ley 4159). Vencido el mismo, quedarán constituidos en mora. Da intervención a Fiscalía de Estado, conforme lo prescribe el art. 86° de la Ley N° 831 – A (antes Ley 4159), para promover la acción ejecutiva pertinente en caso de incumplimiento al artículo 5°) de la presente.

Firmado Javier Alejandro Retamoso Secretario A/C s/c E: 10/03 V: 14/03/2025
Enlace al Boletín Oficial Boletin Oficial 12 de Marzo de 2025

 

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